MACHINE NAME = WEB 2

FINANCIACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE EXPERTOS PROCEDENTES DE PAÍSES EN DESARROLLO Y ECONOMÍAS EN TRANSICIÓN EN LAS REUNIONES DE EXPERTOS DE LA UNCTAD

Medidas adoptadas por la Junta de Comercio y Desarrollo 2003
FINANCIACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE EXPERTOS PROCEDENTES DE PAÍSES EN DESARROLLO Y ECONOMÍAS EN TRANSICIÓN EN LAS REUNIONES DE EXPERTOS DE LA UNCTAD
Decision 474(S-XX)
3 feb. 2003

Decisión 474 (S-XX)

La Junta de Comercio y Desarrollo,

Recordando las directrices que aprobó en su 19º período extraordinario de sesiones sobre el examen entre períodos de sesiones en mayo de 2002, así como las decisiones relativas a la financiación de la participación de expertos, aprobadas por el Grupo de Trabajo en la segunda continuación de su 38º período de sesiones en mayo de 2002, en su 39º período de sesiones en septiembre de 2002, y en la continuación de su 39º período de sesiones en noviembre/diciembre de 2002, en particular con respecto a la necesidad de una solución a largo plazo para una financiación predecible de la participación de expertos en las reuniones de expertos,

Tomando nota de que la financiación está destinada a sufragar la participación de diez expertos en cada una de las ocho reuniones de expertos celebradas por año, debiendo seleccionarse a los expertos a la base del principio de una representación geográfica equitativa, las necesidades de los beneficiarios, en particular los PMA, y los conocimientos especializados de los correspondientes expertos;

  1. Acuerda que, de manera experimental, la participación de expertos en las reuniones de expertos de la UNCTAD se financiará sobre la base de contribuciones extrapresupuestarias;


  2. Acuerda además que se dispondrá de un fondo de reserva que se utilizará para financiar la participación en cualquier reunión de expertos para lo cual no se cuente con suficientes contribuciones extrapresupuestarias;


  3. Decide que:

    1. Los fondos de que actualmente se dispone para financiar la participación en las reuniones de experto constituirán el fondo de reserva;


    2. El proceso para obtener contribuciones extrapresupuestarias para las reuniones de expertos que deben celebrarse en 2003 (y en años futuros) deberá comenzar inmediatamente;


    3. La financiación para cada reunión de expertos deberá asegurarse a más tardar tres meses antes de que se celebre la reunión;


    4. Si no se dispone de financiación suficiente para una reunión, deberá hacerse uso del fondo de reserva;


    5. Examinará la aplicación del sistema, inclusive en caso de ser necesario, la cuestión de la reposición del fondo de reserva, a fines de septiembre de 2003 y periódicamente en adelante sobre la base de una evaluación proporcionada por el Secretario General de la UNCTAD, habida cuenta de los criterios establecidos por la Junta en su 19º período extraordinario de sesiones.


  4. Insta a los donantes a que aporten contribuciones extrapresupuestarias para financiar la participación de expertos en la fecha más temprana posible;


  5. Pide a la secretaría que informe periódicamente acerca de las consultas celebradas por el Presidente de la Junta sobre los recursos disponibles para financiar la participación de expertos;


  6. Alienta a la secretaría de la UNCTAD a que prosiga la iniciativa encaminada a fortalecer la coordinación en materia de programación de reuniones que se lleva a cabo entre las organizaciones intergubernamentales en Ginebra.

4 de febrero de 2003