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El impuesto mínimo mundial impulsa la necesidad de acelerar las reformas de los acuerdos de inversión

23 noviembre 2023

Un informe de la UNCTAD subraya la interacción entre los esfuerzos por combatir la evasión fiscal y proteger la inversión.

An aerial shot of Yantian Port Free Trade Zone, Shenzhen City, Guangdong Province, China
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© Shutterstock/asharkyuYantian | Zona franca portuaria de Yantian, Shenzhen (China)

En un gran paso hacia la estandarización fiscal, casi 140 países acordaron en diciembre de 2022 un impuesto mínimo mundial del 15% para las grandes multinacionales, un acuerdo histórico para evitar "una carrera a la baja", ya que los gobiernos compiten por atraer a empresas extranjeras.

La investigación de la UNCTAD muestra que en un tercio de las jurisdicciones fiscales, los incentivos fiscales basados en los beneficios permiten a las filiales multinacionales pagar a menudo menos que esta tasa.

El acuerdo fiscal global se centrará especialmente en los centros de inversión de renta con baja tributación. Con las nuevas normas, por ejemplo, una multinacional que se beneficie de un acuerdo de baja tributación con el gobierno local podría tener que hacer frente a impuestos más elevados en la jurisdicción de su empresa matriz.

"Este cambio muestra cómo las reformas fiscales mundiales interactúan con los marcos de inversión existentes", afirmó Hamed El-Kady, experto de la UNCTAD que trabaja en este asunto.

Un informe de la UNCTAD publicado el 23 de noviembre analiza los posibles retos jurídicos que plantean los acuerdos internacionales de inversión (AII) y la probabilidad de que surjan litigios entre inversores y Estados a medida que los países se adaptan al nuevo régimen fiscal mundial.

El informe subraya la necesidad de acelerar las reformas de los AII para garantizar que respalden el acuerdo mundial sobre fiscalidad mínima y otras políticas acordadas internacionalmente sobre cuestiones como el cambio climático y la salud.

Posibles conflictos, pero "oleada de demandas” improbable

Los litigios relacionados con los impuestos representan alrededor del 15% de todos los casos de solución de diferencias entre inversores y Estados (ISDS, por sus siglas in inglés) conocidos públicamente que se han presentado hasta la fecha.

El informe evalúa cuatro normas de AII susceptibles de provocar las mayores tensiones.

  • Trato justo y equitativo: Común en los AII más antiguos y a menudo invocada en los casos de ISDS, la naturaleza amplia de esta disposición podría plantear problemas para la aplicación del impuesto mínimo global, especialmente en lo que respecta a los incentivos fiscales en zonas económicas especiales o regímenes fiscales especiales negociados individualmente.
  • Cláusula paraguas: Esta cláusula introduce las obligaciones estatales asumidas con respecto a los inversores en el marco de los AII, lo que genera complejidades jurídicas en los casos de ISDS. Aunque es menos común en los nuevos AII, sigue siendo una fuente potencial de controversias en los acuerdos más antiguos, ya que se extiende a las cláusulas de congelación fiscal de los contratos entre inversores y Estados.
  • Normas de no discriminación: Estas normas, que incluyen el trato nacional y el de nación más favorecida, pueden causar tensiones, ya que las entidades dentro y fuera del ámbito de aplicación de las normas propuestas para aplicar el impuesto mínimo mundial pueden recibir un trato diferente.
  • Disposición sobre expropiación: Como protección contra la desposesión, esta disposición considera que los impuestos "confiscatorios" constituyen una expropiación indirecta. Sin embargo, es poco probable que el mínimo acordado del 15% alcance el umbral de una "privación sustancial", como suelen exigir los tribunales ISDS.

El informe señala que ciertas normas de los acuerdos internacionales de inversión podrían afectar a los métodos nacionales de recaudación de impuestos y a la eficacia del impuesto mínimo global.

Dice que la retirada de ciertos incentivos fiscales, como los negociados para las zonas económicas especiales, puede entrar en conflicto con la norma de trato justo y equitativo y la cláusula paraguas.

"Del mismo modo, pueden surgir fricciones por el diferente tratamiento de las entidades constitutivas de las empresas que están cubiertas por el impuesto mínimo y las que no lo están", añade.

Sin embargo, la UNCTAD afirma que es poco probable que se produzca "una oleada de demandas". En su lugar, las multinacionales podrían utilizar los posibles litigios como herramienta de negociación para obtener otros beneficios, como la reducción de los derechos de aduana o la modificación de los acuerdos de reparto de la producción.

Urge acelerar las reformas

El informe subraya la urgencia de reformar los AII para apoyar el impuesto mínimo mundial.

Destacando la interacción entre la lucha contra la evasión fiscal y el fomento de la inversión, pide un instrumento multilateral para definir mejor cómo interactúa el impuesto mínimo global con los AII.

Mientras tanto, para reducir los riesgos de fricción, recomienda que los gobiernos reevalúen y perfeccionen los incentivos fiscales a la renta de sociedades para garantizar un trato justo tanto a las empresas extranjeras como a las locales.

"No se trata sólo de garantizar la equidad, sino de mantener la coherencia entre las políticas fiscales y de inversión a escala mundial", afirmó El-Kady.