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Opinión consultiva para Chile

Regulación de la facultad sancionatoria en organismos de protección del consumidor, acciones colectivas y solución alternativa de controversias de consumo

El Gobierno de Chile solicitó los servicios de asesoría de ONU Comercio y Desarrollo sobre la facultad sancionatoria en organismos de protección del consumidor en distintos países del mundo y su relación con las acciones colectivas en materia de protección de los derechos de los consumidores.

El Servicio Nacional del Consumidor de Chile (SERNAC) añadió al pedido de dicho análisis un apartado relacionado con los mecanismos alternativos de solución de controversias sobre quién debería asumir los costos de su financiamiento y si existiese algún riesgo o inconveniente en caso de que estos fueran asumidos por el propio proveedor.

Este pedido se inscribe en el proceso legislativo chileno, en particular al proyecto de ley ingresado por el Presidente de la República y actualmente en tramitación en el Congreso Nacional, que persigue, entre otros objetivos, dotar al SERNAC de la facultad de sancionar a los proveedores que infrinjan la ley en casos individuales, cuando no entreguen soluciones a los consumidores.

En 2021, Chile se sometió al Examen voluntario entre homólogos del derecho y la política de protección del consumidor de la UNCTAD.

El examen recomendó, entre otras, mejoras en el marco legislativo en lo relativo a la aplicación transversal del derecho de consumo a todos los sectores, a la regulación de la seguridad de productos y del comercio electrónico, y a la ampliación de los mecanismos de distribución de las indemnizaciones, compensaciones y reparaciones que se concedan en el marco del procedimiento especiales en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores.

El examen también recomendó fortalecer el ámbito de la solución de controversias individuales impulsando el despliegue del arbitraje y de la mediación de consumo e instaurar los mecanismos de solución de controversias en línea.

La presente opinión consultiva dispone de cuatro apartados.

  • El primero introduce las temáticas de la facultad sancionatoria en organismos de protección del consumidor, las acciones colectivas en materia de protección de los derechos de los consumidores y los mecanismos alternativos de solución de controversias en base a las Directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor.
     
  • El segundo apartado proporciona un análisis de leyes nacionales de protección al consumidor de Argentina, Brasil, Estados Unidos, España, Francia, y México, representativas de distintos modelos que incluyen disposiciones relacionadas a la facultad sancionatoria administrativa y a las acciones colectivas.
     
  • El tercer apartado presenta consideraciones sobre los principios y modelos para la financiación y sostenibilidad de los mecanismos alternativos de solución de controversias de consumo, y la participación del sector privado.
     
  • El cuarto y último propone recomendaciones para informar a SERNAC y al proceso legislativo chileno.

Esta opinión consultiva se enmarca en el proyecto “Avanzar en la información al consumidor y la protección del consumidor en alineación con los acuerdos ambientales multilaterales” fruto de un partenariado sinergético entre el Programa de las Naciones Unidas sobre Medioambiente y ONU Comercio y Desarrollo.

Opinión consultiva para Chile : Regulación de la facultad sancionatoria en organismos de protección del consumidor, acciones colectivas y solución alternativa de controversias de consumo - Regulación de la facultad sancionatoria en organismos de protección del consumidor, acciones colectivas y solución alternativa de controversias de consumo  (UNCTAD/DITC/CPLP/INF/2025/1)
30 mayo 2025