La interfaz entre las políticas de competencia y de consumo
La Sexta Conferencia de las Naciones Unidas encargada de examinar todos los aspectos del Conjunto de Principios y Normas Equitativos Convenidos Multilateralmente para el Control de las Prácticas Comerciales Restrictivas (Ginebra, 8 a 12 de noviembre de 2010) invitó a la UNCTAD a convocar dos reuniones de expertos en política de los consumidores entre las Conferencias de Examen, separadas del Grupo Intergubernamental de Expertos en Derecho y Política de la Competencia.
Por consiguiente, teniendo en cuenta las actuales directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor (A/C.2/54/L.24) y las presentaciones de los expertos, la reunión de expertos examinará las nuevas preocupaciones de los consumidores, especialmente en los países en desarrollo y los países con economías en transición, como los efectos de la crisis del sector financiero en los consumidores, la seguridad de los productos, el comercio electrónico, el acceso de los consumidores a la reparación de daños, la representación de los consumidores y el acceso de los consumidores a los servicios financieros.
La reunión de expertos examinará las revisiones de las directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor y formulará recomendaciones apropiadas para la adopción de medidas de fomento de la capacidad, así como de cooperación internacional en esta esfera, con miras a responder adecuadamente a las importantes peticiones formuladas por la Sexta Conferencia de las Naciones Unidas encargada de examinar todos los aspectos del Conjunto. La reunión de expertos tendrá ante sí un informe titulado "Protección del consumidor y política de la competencia" (TD/B/C.I/EM/2).
Consultas sobre la necesidad de revisar las directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor
En el informe de la secretaría titulado "Protección del consumidor y política de la competencia" (TD/B/C.I/EM/2) se sostiene que en muchos mercados la competencia favorece los intereses de los consumidores, siempre que se apliquen y se cumplan el derecho contractual general y las leyes contra el engaño. Los vendedores competitivos compiten por atraer a los consumidores, y los consumidores informados y educados son capaces de comprender las ofertas y hacer elecciones sensatas, que recompensan a los proveedores más eficientes e innovadores. Pero cuando los consumidores no tienen un acceso razonable a la información correcta, o tienen prejuicios en la toma de decisiones, los proveedores pueden comportarse estratégicamente para aumentar sus beneficios a expensas de los consumidores. Las políticas de consumo pueden ser la mejor solución política para ayudar a que los mercados funcionen mejor en esas circunstancias.
Este ejemplo pone de manifiesto que la mejora de la coherencia entre las políticas de consumo y de competencia debería ser una consideración central para ayudar a que los mercados funcionen mejor, tanto desde la perspectiva del consumidor como del bienestar social. La mejora de la cooperación entre las autoridades encargadas de la protección del consumidor y de la competencia podría incluir la remisión de denuncias, el intercambio de los resultados de las investigaciones, la consideración de las repercusiones de los remedios en otros objetivos de política y, cuando proceda, la colaboración en las investigaciones y la generación de respuestas de política. Esas investigaciones no sólo deberían ocuparse de las prácticas de venta al por menor que tienen un efecto directo en los consumidores minoristas, sino que también deberían ocuparse de las cuestiones previas relacionadas con la estructura de la industria y la necesidad de adoptar medidas internacionales para prevenir las prácticas anticompetitivas mundiales.
A los consumidores se les presentan nuevos productos y nuevas estrategias de comercialización, y participan cada vez más en el comercio transfronterizo de productos de consumo. Además, el cambio tecnológico ha creado nuevos desafíos para los consumidores, por ejemplo, en lo que respecta a encontrar un equilibrio adecuado entre la protección de la propiedad intelectual y el acceso a los conocimientos. Se sugiere que se considere la posibilidad de revisar las directrices de las Naciones Unidas para la protección del consumidor, a la luz de estos y otros acontecimientos.

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